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De acuerdo a la RESOLUCIÓN No. 050 del 17 de agosto del 2020 - POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL CÓDIGO DEL BUEN GOBIERNO DE COOACEDED - El Comité Especial de Crédito evalua y determina sobre las solicitudes de crédito de Asociados que estén de acuerdo con las políticas y condiciones establecidas en el reglamento de crédito y que sean de su competencia.

  • Evaluar y determinar sobre las solicitudes de crédito de Asociados que estén de acuerdo con las políticas y condiciones establecidas en el reglamento de crédito y que sean de su competencia.
  • Evaluar y determinar sobre las solicitudes de refinanciación, reestructuración, renovación de los créditos que soliciten los asociados.
  • Evaluar sobre las solicitudes de crédito de los Asociados, Privilegiados, que estén de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento de crédito y presentarlas al consejo de Administración para su determinación final.
  • Evaluar las solicitudes de crédito, refinanciación, reestructuración, renovación de los Crédito que soliciten los Asociados Privilegiados y presentarlos al Consejo de Administración.
  • Evaluar las solicitudes de Crédito, refinanciación, reestructuración, renovación de Asociados que presentan casos especiales no contemplados en el reglamento de créditos y remitirlos al Consejo de Administración para su determinación y apropiada colocación de recursos.
  • Revisar el Reglamento de Crédito y cartera y demás propios del comité para ajustarlo cuando sea necesario y presentar el respectivo proyecto de reforma al Consejo de Administración para su apropiación.
  • Proponer y recomendar al consejo de administración en materia de Políticas de Crédito y Cartera.
  • Revisar mensualmente los informes de Crédito y cartera elaborados por la Administración, con el propósito de evaluarla y aplicar los correctivos pertinentes.
  • Evaluar el informe de la administración sobre el comportamiento de la Cartera de Crédito y controlar sus correctivos, de acuerdo con lo señalado por el Consejo de Administración.
  • Solicitar al Comité Especial de Educación, por intermedio del Consejo de Administración los programas de Educación, formación o capacitación en aquellos aspectos que atañen a los temas de crédito y cartera, tanto para los integrantes del comité como para el personal empleado que interviene directamente en el manejo de los créditos y la cartera y al Asociado en general.
  • Reunirse según lo estipulado en el presente reglamento.
  • Evaluar las garantías presentadas por los asociados como respaldo de sus créditos   de acuerdo con lo contemplado en el Reglamento de Crédito.
  • ALIRIO ANTONIO INDABUR ROJAS - COORDINADOR.
  • GULFRAN LLAMAS SÁENZ - SECRETARIO.
  • HUMBERTO SERNA PÁJARO - MIEMBRO.
  • PEDRO CONTRERAS CABEZA - MIEMBRO.
  • JORGE HERRÁN LOGREIRA - MIEMBRO.